La amnistía es el instrumento mediante el cual se concede el perdón por la realización de actos delictivos a aquellas personas pertenecientes a grupos sociales en situación de vulnerabilidad, que tiene como efecto la extinción de las acciones penales y sanciones impuestas. Dicho beneficio se materializa a través de la Ley de Amnistía, en la que se encuentran plasmados los supuestos que una persona debe acreditar para acceder al mismo. Se busca que recuperen la libertad y se reintegren a la sociedad quienes hayan cometido delitos contra la salud ejecutados bajo alguna situación de vulnerabilidad; los cometidos por personas indígenas que durante su proceso no hayan contado con intérprete o defensor en su lengua y cultura; robo simple y sin violencia; por sedición, es decir, el levantamiento de un grupo de personas sin uso de armas por cuestiones políticas, y aborto.

Donde

A continuación, se presenta la información desglosada derivada del trámite de las solicitudes de amnistía presentadas ante la Comisión de Amnistía, de acuerdo con los apartados siguientes:

1.- Normativa de Amnistía

Donde

2.- Integrantes de la Comisión de Amnistía

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3.- Objetivo de la Ley

Donde

4.- Delitos por los que se decreta la Amnistía1

Donde

5.- Traducciones de la Ley

Con la finalidad de contar con el mayor número de personas beneficiadas por la Ley de Amnistía, a la fecha se cuenta con 18 traducciones de esta Ley a las lenguas indígenas siguientes:

  1. Ch'ol del Noroeste
  2. Maya
  3. Mazateco
  4. Mixteca
  5. Náhuatl de la Sierra Noreste de Puebla
  6. Otomi Ñhañhu
  7. Otomi (N’ÑÜHÜ) Variante de la Sierra Huasteca Baja Veracruzana
  8. Tseltal del Occidente
  9. Tsotsil del Noroeste
  10. Tutunakú de la Sierra
  11. Zapoteco de los Valles Centrales
  12. Chinanteco de Ojitlan (JÚ JMI KÏ TSA KÖWÏ)
  13. Náhuatl de la Huasteca Veracruzana
  14. Náhuatl de Mecayapan
  15. Popoluca de la Sierra
  16. Tepehua (LHIMASIPIJ)de la Sierra Norte del estado de Veracruz
  17. Tutunaku de la Costa
  18. Zapoteco de la Planicie Costera del Itsmo de Tehuantepec
 

Estas traducciones fueron validadas por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas y presentadas ante la Comisión de Amnistía por el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas en la Sexta, Séptima, Octava, Novena y Décima Primera Sesión de la Comisión, celebradas el 7 de abril, 30 de agosto, 24 de octubre, 16 de diciembre, todas de 2022 y el 16 de noviembre de 2023, respectivamente.

Cabe mencionar que el objetivo es que la Ley se traduzca al mayor número de lenguas indígenas, por lo que el Instituto Nacional de Pueblos Indígenas junto con el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, continuarán con el seguimiento a dichos trabajos a presentarse ante la Comisión de Amnistía.

6.- Formatos de Solicitudes de Amnistía

7.- Seguimiento a las Solicitudes de Amnistía2

Información de carácter público recibida, obtenida, generada y en posesión de la Comisión de Amnistía, derivada de la atención proporcionada a las solicitudes formuladas por las personas interesadas.

Donde

Descarga el Seguimiento a las Solicitudes de Amnistía
 

8.- Solicitudes Procedentes y No Procedentes

Donde

Descarga las Actas de las Sesiones de la Comisión
 

9.- Seguimiento a las Calificaciones de Amnistía

Las solicitudes determinadas como procedentes por la Comisión de Amnistía son remitidas a los jueces federales para que, en caso de confirmar dicho beneficio, se extingan las acciones penales y las sanciones impuestas, respecto de los delitos que establece el artículo 1 de la Ley de Amnistía.

Donde

Descarga el Seguimiento a las Calificaciones de Amnistía
 

10.- Solicitudes determinadas ImprocedentesDonde

11.- Homologación de la Ley de Amnistía Federal con las Entidades Federativas11

En cumplimiento al Segundo Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley de Amnistía, la Secretaría Técnica, a través de la Unidad de Enlace de la Secretaría de Gobernación, ha coadyuvado en el proceso de expedición de ordenamientos locales sobre dicho beneficio.

13 ENTIDADES
CON LEY
APROBADA
13 INICIATIVAS PRESENTADAS EN PROCESO DE DICTAMEN 6 ENTIDADES EN PROCESO DE PRESENTAR SU INICIATIVA DE LEY DE AMNISTÍA 10 INICIATIVAS DE LEY DE AMNISTÍA COMENTADAS POR LA SECRETARÍA TÉCNICA
1. Baja California 1. Aguascalientes 1. Chiapas 1. Baja California
2. Campeche 2. Baja California Sur 2. Chihuahua 2. Baja California Sur
3. Durango 3. Ciudad de México 3. Guanajuato 3. Campeche
4. Estado de México 4. Coahuila 4. Jalisco 4. Chihuahua
5. Hidalgo 5. Colima 5. Tabasco 5. Colima
6. Morelos 6. Guerrero 6. Veracruz 6. Morelos
7. Nayarit 7. Michoacán   7. Oaxaca
8. Nuevo León 8. Puebla   8. Quintana Roo
9. Oaxaca 9. Querétaro   9. San Luis Potosí
10. Quintana Roo 10. San Luis Potosí   10. Yucatán
11. Sinaloa 11. Sonora    
12. Tamaulipas 12. Yucatán    
13. Tlaxcala 13. Zacatecas    
       
       
11 Información proporcionada por la Unidad de Enlace de la SEGOB y verificada en los medios electrónicos oficiales de los Congresos de las entidades federativas.
  • Baja California: Además de los comentarios realizados a su iniciativa, se comentó una propuesta de adenda, verificando su viabilidad.
  • Baja California Sur: Se han realizado comentarios a dos iniciativas diversas.

Datos al 15 de abril de 2024.

En términos de Acceso a la Información y Transparencia Proactiva, la Secretaría Técnica de la Comisión de Amnistía, en el marco de sus atribuciones, pone a disposición de la ciudadanía la información pública documentada que resulta útil y relevante sobre la aplicación y los resultados de la Ley de Amnistía.